Borrador de trabajo. Documento generado como punto de partida, sin adopción formal por la Junta Directiva todavía. Los campos marcados [POR CONFIRMAR] requieren decisión de gobierno corporativo antes de considerarse definitivo. No constituye asesoría legal.
Código de Ética
Fundación para la Promoción y Desarrollo Integral — PRODESARROLLO
1.Propósito
Este código recoge los principios de conducta que orientan a quienes representan, dirigen o trabajan en nombre de la Fundación, en línea con su condición de entidad sin ánimo de lucro y con el Programa de Transparencia y Ética Empresarial adoptado por la Fundación [POR CONFIRMAR: fecha y modalidad exacta de adopción del Programa].
2.Principios
- Transparencia y rendición de cuentas. La información institucional, financiera y de gobernanza se publica de forma verificable, con las salvedades explícitas donde un dato aún está en trámite.
- Integridad. Ningún directivo, asociado o colaborador solicita ni acepta pagos, dádivas o beneficios indebidos a cambio de decisiones de la Fundación.
- Debida diligencia sobre el origen de los recursos. La Fundación aplica un criterio de debida diligencia simplificada sobre el origen de los recursos que recibe, alineado con su tamaño y naturaleza.
- No conflicto de interés. Quien tenga un interés personal, familiar o económico en una decisión de la Fundación debe declararlo y abstenerse de participar en ella.
- Trato respetuoso al territorio. Las comunidades, juntas de acueducto y aliados del Nordeste Antioqueño y demás territorios donde opera la Fundación son tratados con respeto a su autonomía y conocimiento propio.
3.Canal de denuncias
Cualquier persona puede reportar una conducta contraria a este código a través del Canal PQRSD del sitio o al correo prodesarrollof@gmail.com. [POR CONFIRMAR: canal de denuncia diferenciado/confidencial, si la Junta decide crear uno distinto del PQRSD general]
4.Consecuencias
[POR CONFIRMAR: régimen disciplinario aplicable — a definir por la Junta Directiva según el tipo de vínculo de cada persona con la Fundación]
5.Vigencia
Este código rige a partir de su adopción formal por la Junta Directiva. [POR CONFIRMAR: fecha de aprobación]